La Contraloría General de la República, recomendó al Ministerio de Salud (Minsa) fortalecer la supervisión y monitoreo de los gastos de la transferencia de recursos para la implementación del Plan de Acción de Emergencia Sanitaria contra el dengue, en la región de Madre de Dios, San Martín y Loreto, que impida el avance del dengue y siga ocasionando más pérdidas humanas.
Esto debido a que se detectó un limitado avance en la ejecución de los S/ 4 281 429, transferidos por el Minsa a dichos gobiernos regionales incluido Madre de Dios, luego de los 90 días que duró la emergencia sanitaria decretada por el brote del dengue el pasado 9 de febrero del presente año.
En Madre de Dios se detectó ejecuciones del 49 y 54 % en el hospital regional Santa Rosa de Puerto Maldonado y las Redes de Salud Periféricas, respectivamente.
En este caso llama la atención que la Dirección Regional de Salud (Diresa) de Madre de Dios, no ejecutará a la fecha recursos en el rubro de vestuarios y textiles para el personal de la salud.
Además, se mencionan otras situaciones en el proceso de gastos en las regiones de Loreto y San Martín, estos hechos evidenciados se encuentran en el Informe de Hito de Control Nro. 027 - 2020 - OCI/0191 - SCC, realizado por los auditores del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud.
El informe se titula "Seguimiento a la ejecución presupuestal de plan de acción emergencia sanitaria por brote epidémico de dengue en los departamentos de Loreto, Madre de Dios y San Martín" y el período evaluado comprende desde el 5 de marzo al 22 de mayo 2020.
El informe de la Contraloría menciona que si bien esta situación se habría originado debido al estado de emergencia por la COVID-19 en el país, esto conlleva a la necesidad de fortalecer los mecanismos de supervisión y monitoreo por parte del Minsa, a fin de garantizar el cumplimiento de planes para combatir el dengue.
El informe fue notificado al Minsa para que a través de su despacho remita a los gobiernos regionales de Madre de Dios, Loreto y San Martín, para que estos en coordinación con las Direcciones Regionales de Salud, adopten las medidas preventivas y correctivas pertinentes en el marco de sus competencias y obligaciones.