viernes. 29.03.2024
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El Registro para el Control de Bienes Fiscalizados (RCBF) es una inscripción que incorpora a los usuarios que desarrollan actividades fiscalizadas con el fin de establecer las medidas para el registro, control y fiscalización de los Bienes Fiscalizados, que directa o indirectamente, puedan ser utilizados en la elaboración de drogas ilícitas.
 
Para el 2021 el Ministerio de Energía y Minas, a través del Decreto Supremo N°032-2020-EM, se estableció nuevos plazos para el cumplimiento de requisitos y condiciones de permanencia a todos los mineros que se encuentran en proceso de formalización inscritos en el Registro Integral de Formalización (REINFO).
 
En ese sentido el plazo para la inscripción en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados fue prorrogado hasta el 30 de abril del 2021 en caso de los mineros inscritos en el REINFO para realizar actividad de beneficio y cuando corresponda, las actividades que incluye el uso de insumos relacionados a la minería ilegal (cianuro de sodio, cianuro de potasio y mercurio) por ello el RCBF es una obligación para todos los mineros en proceso de formalización buscando garantizar una actividad minera responsable.
 
Es importante conocer que se deberán inscribir al Registro Especial, los establecimientos de Venta al público de Combustibles, Consumidores Directos y Transportistas inscritos en el Registro de Hidrocarburos a cargo del OSINERGMIN (Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería), que realicen operaciones relacionadas con las actividades de distribución, transporte, uso, almacenamiento y comercialización de hidrocarburos en la zonas geográficas sujetas al Régimen Complementario de Control de Insumos Químicos, creado por el Decreto Supremo N° 016-2014-EM. 

Formalización Minera: Registro de Control de Bienes Fiscalizados vence el 30 de abril...