En diálogo con la Agencia Andina, la directora de Fiscalización y Sanción de la Sunedu, Diana Milla, precisó que la de San Martín canceló la multa de S/ 46,762.50; la de la Amazonía Peruana, S/ 47,300 y la Privada Antenor Orrego pagó S/ 67,725.
Recordó que entre julio y agosto de este año, la Sunedu sancionó a siete universidades por un total de S/ 318,737.50 por no resolver casos de presunto acoso. Sin embargo, tres aceptaron la sanción y abonaron el pago, mientras que las otras cuatro no acataron la medida: Alas Peruanas (S/ 45,150), la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios (UNAMAD) (S/ 45,150), Nacional de la Frontera (S/ 19, 350) y la Particular de Chiclayo (S/ 47,300).
Medidas correctivas
Milla dijo que además del pago de multas dispuso la aplicación de medidas correctivas a fin de determinar la responsabilidad de las personas acusadas de haber cometido actos de hostigamiento sexual, cumplir con destituir a los docentes hallados responsables, y precisar el compromiso de las autoridades y personal que no aplicó la Ley de Prevención y Hostigamiento Sexual N.° 27942.
Los casos de incumplimiento de la sanción se encuentran en la Unidad de Ejecución Coactiva (UEC), indicó tras agregar que como resultado de una supervisión encontraron que las universidades no abren proceso por hostigamiento o deciden archivarlo, porque el docente renunció o por procedimientos que pueden ser subsanables.
“Pero si abren casos no aplican medidas cautelares. Para nosotros es importante que se concluyan las investigaciones por dos motivos: porque se evita la revictimización y que el profesor vuelva a hostigar en otros centros de estudio”, subrayó en diálogo con la Agencia Andina.
La funcionaria remarcó que, de acuerdo a la Ley N.° 27942, las universidades públicas y privadas tienen la obligación de atender las denuncias por hostigamiento sexual.
Su respuesta tiene que ser inmediata y efectiva; deben desarrollar una investigación oportuna, llegar a conclusiones y sancionar al profesor responsable, insistió. En caso de ser universidad pública debe cumplir además con lo que dicta la Ley del Servicio Civil para atender estas denuncias.
“El profesor de la universidad púbica es un servidor público y si se comprueba que hostiga a las alumnas tiene que aparecer en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles. La labor de la Sunedu es garantizar que las universidades cumplan con las obligaciones que establece la norma y, si no lo hacen, investigarlas hasta que la acaten o sancionarlas si se resisten”, enfatizó.
Supervisiones y sanciones
Desde el 2018, la Sunedu ha efectuado 157 supervisiones de casos de denuncias, de las cuales 56 corresponden a universidades públicas y 101 a universidades privadas.
Del total de supervisiones, 103 están archivadas: 72 por no reportar denuncia por actos de hostigamiento sexual al interior de sus casas de estudio y 31 porque actuaron de acuerdo a ley ante los casos de hostigamiento sexual que se denunciaron (14 universidades públicas y 17 privadas).
Fuente: Andina