La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) aprobó el “Reglamento de Reclamos de los Usuarios de las Organizaciones Comunales por la Prestación de los Servicios de Saneamiento en el Ámbito Rural”, con el objetivo de garantizar una adecuada atención de los reclamos de los usuarios de dicho ámbito.
Este reglamento será de aplicación obligatoria para las organizaciones comunales (juntas administradoras de servicios de saneamiento, asociaciones, comités, cooperativas, juntas de vecinos, entre otros), áreas técnicas municipales, el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de los Usuarios de los Servicios de Saneamiento (Trass) de la Sunass, los usuarios, asociados y aquellas personas que presentan solicitudes de acceso a los servicios de saneamiento en el ámbito rural.
Los usuarios podrán presentar reclamos sobre problemas relacionados a cortes del servicio, al monto de la cuota familiar, cortes indebidos, falta de entrega de recibos de pago, así como otros relacionados a la infraestructura de los servicios de saneamiento, tales como filtraciones, fugas o atoros en la conexión domiciliaria, entre otros
El reclamo empieza con la denominada etapa previa en la que se prevé que se resuelvan la mayor cantidad de casos a través del trato directo entre el usuario que presenta el reclamo y la organización comunal. Se busca que ambas partes lleguen a una solución a través de una negociación donde se respeten las tradiciones y costumbres con las que habitualmente la población resuelve sus desacuerdos.
Si el reclamo no es resuelto en la etapa previa, se da inicio a la primera instancia. En esta fase, la organización comunal evaluará las pruebas presentadas por el usuario y realizarán las investigaciones para determinar si el reclamo es fundado. Una de las pruebas más importantes es la inspección del predio.