sábado. 09.11.2024
standard_marzo10

El especialista en Orientación al Usuario de la Superintendencia de Servicios de Saneamiento (Sunass) en Madre de Dios, Wilber Herrera, recordó que, si los usuarios de los servicios de saneamiento no se encuentran conformes con su servicio de agua potable y alcantarillado, pueden ejercer su derecho de reclamo en un plazo de 60 días, ya sea por problemas operacionales o de facturación.

“El problema más común es el referido a la facturación, ya que se presentan consumos elevados, con montos excesivos”, subrayó Herrera, además de precisar que “el año pasado hemos atendido más de 600 orientaciones por reclamos de todo tipo, ya sea de facturación u operacional”.

Pero además, alertó: “Este año ya estamos teniendo un promedio de 360 atenciones. Y tenemos conocimiento de que en la misma área de atención de la empresa prestadora se está atendiendo más. Superan más de 100 reclamos mensuales”.

Por otro lado, Herrera advirtió que “Emapat S.A. tiene conocimiento de que no se le puede restringir el servicio de agua potable a un usuario cuando este se encuentra afrontando un proceso de reclamo, ni se le puede exigir el pago de este como requisito”.

“Muchas veces dicen ‘paga tu recibo y reclamas’. Eso está prohibido”, subrayó.

Bajo esa lógica, el especialista de la Sunass incidió en que existe una normativa que garantiza la continuidad del servicio, sobre todo en épocas como las de emergencia sanitaria.

De acuerdo a la superintendencia, existen tres maneras para presentar un reclamo: virtual, presencial o telefónico. Si el usuario elige la vía virtual, el usuario deberá llenar un formulario en la web de la empresa de servicios de saneamiento y si lo hace de manera presencial, deberá solicitar y llenar el formato número dos. En todos los casos se debe detallar información básica como el número de suministro, el nombre del titular, representante o del usuario efectivo de la conexión.

Cien reclamos al mes se atienden en Madre de Dios por mal servicio de agua potable