El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) inició una etapa de consulta pública sobre la necesidad de evaluar el establecimiento de una regulación diferenciada entre los usuarios corporativos y los usuarios residenciales, con el objetivo de conocer la opinión de los actores del sector interesados en el tema.
De esta manera, se busca conocer si no contar con una regulación diferenciada según el tipo de usuario en las diversas normas del OSIPTEL constituye un problema que debería ser evaluado. De ser el caso, los interesados en el tema podrán señalar aquellas disposiciones regulatorias que consideran deberían flexibilizarse por afectar el desarrollo empresarial, y el criterio que sugieren para establecer la definición de “usuario corporativo” para esos efectos, entre otros.
El OSIPTEL ha preparado un documento con un breve diagnóstico del posible problema que podría representar el que la normativa del OSIPTEL no cuente con una regulación diferenciada entre usuarios corporativos y usuarios residenciales, y se propone seis materias de discusión al respecto. Pueden acceder al documento haciendo clic aquí.
De acuerdo al regulador, la relación que existe entre las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones y sus abonados, en determinadas circunstancias, puede diferir en función del tipo de usuario, es decir, de si se trata de un usuario residencial o de uno corporativo.
El usuario corporativo tiene mayor poder de negociación frente a las empresas operadoras que el usuario residencial y su situación de asimetría de información es menos aguda. Así, es posible que un usuario corporativo no necesite de ciertos parámetros de conducta diseñados por el regulador para proteger al usuario residencial frente a esta asimetría.
Asimismo, un usuario corporativo puede presentar necesidades de consumo específicas y urgentes, las cuales hacen que las empresas operadoras diseñen ofertas específicas para atenderlas. En un contexto como ese, según opinión de las empresas operadoras, es posible que ciertos procedimientos establecidos por el OSIPTEL puedan restar agilidad a la relación entre la empresa operadora y un usuario corporativo.
Los interesados en presentar sus aportes y responder las preguntas específicas, podrán hacerlo hasta el lunes 17 de julio a través del correo: [email protected] bajo el asunto “Consulta Pública – Regulación diferenciada”.