Las personas naturales y jurídicas y comunidades
nativas que tienen contratos de concesión, permisos de primera transformación y
bosques locales de aprovechamiento forestal, así como todos los que participan
en la cadena productiva de la madera, estarán obligados a registrar en libros
la información de la madera que aprovechan, según dos resoluciones emitidas por
el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), entidad adscrita
al Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI).
De acuerdo a las normas publicadas en
el diario oficial El Peruano, el uso del “Libro de operaciones de los títulos habilitantes
para el aprovechamiento forestal sostenible” será exigible desde el 02 de marzo
y el “Libro de operaciones de centros de transformación primaria de productos y
subproductos forestales maderables” a partir del 01 de agosto.
Hasta la entrada en vigencia de la
obligatoriedad de los libros, SERFOR continuará con una campaña de capacitación
y comunicación dirigida a los titulares de contratos de concesión, permisos y
autorizaciones otorgados por el Estado, en particular a las comunidades nativas
y a los titulares de los centros de transformación primaria.
Los libros de operaciones son documentos
físicos y digitales, similares a los libros contables, que registran información
real sobre los volúmenes aprovechados y transformados de madera en rollo o
aserrada, facilitando la trazabilidad de los especímenes, productos y
subproductos maderables desde su origen en el bosque hasta su transformación y
llegada al mercado.
Además de la utilidad que estos
documentos tienen para el control de los recursos forestales por parte del
estado, los libros de operaciones representan un medio para que los usuarios mejoren la gestión de sus
operaciones, pues conocerán el volumen de madera que tienen en las distintas
etapas del proceso, sus rendimientos, etc., por lo que constituyen una
herramienta valiosa de competitividad.