Asimismo, también reduce en una hora el tiempo de inmovilización social de las personas en sus domicilios desde este lunes 21 de setiembre de 2020, pasando del horario habitual de 10 p. m. hasta las 4 a. m. del día siguiente, a el nuevo horario de 11:00 p.m. hasta las 04:00 a.m del día siguiente.
Esta medida regirá a nivel nacional con excepción de los departamentos de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna; y las provincias de Chachapoyas, Condorcanqui y Utcubamba (Amazonas); Santa, Casma, Huaraz y Huarmey (Ancash), Abancay (Apurímac), Huamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas (Ayacucho), Cajamarca (Cajamarca); Huancavelica (Huancavelica); Huánuco, Leoncio Prado y Puerto Inca (Huánuco); Ica y Pisco (Ica); Huancayo y Satipo (Junín); Huaral (Lima).
Asimismo, la provincia de Tambopata (Madre de Dios) y las provincias de Pasco y Oxapampa (Pasco), en los que la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige de lunes a sábado desde las 08:00 p. m. hasta las 04:00 a. m. del día siguiente, y los días domingo durante todo el día hasta las 04:00 horas del día siguiente.
En el caso de la provincia de Trujillo del departamento de La Libertad, se mantiene la inmovilización social obligatoria los días domingo durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente