jueves. 28.03.2024
Foto referencial: Rumbo Minero
Foto referencial: Rumbo Minero

Los operativos de interdicción que realiza el Ministerio Público contra la minería ilegal ahora responden a un protocolo oficial. El pasado 26 de octubre fue publicada la Resolución Nº 4269-2016-MP-FN, donde se disponen los criterios y procedimientos técnicos para la realización de estas intervenciones por parte de fiscales encargados.

Este documento fija las etapas de la participación de la Fiscalía en casos de interdicción de minería ilegal, siendo estas de programación e intervención, de ejecución y de presentación del informe al despacho del fiscal de la Nación.

La etapa de programación e intervención incluye el proceso de planeamiento, información recopilada por entidades intervinientes, acciones de Inteligencia y la recepción del apoyo logístico por parte de las entidades involucradas.

Por su parte, la etapa de ejecución comprende el desplazamiento autorizado con viáticos incluidos del equipo encargado, además de la realización propia del operativo, la coordinación con la Policía Nacional y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) o, de ser requeridas, las Fuerzas Armadas (FFAA), la identificación de víctimas de trata de personas, trabajo infantil o trabajo forzoso, la intervención de la Oficina de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones de la Fiscalía de la Nación (Ocopjie), y, finalmente, la intervención de la Comisión Nacional de Bienes Incautados (Conabi).

Asimismo, el protocolo establece que el fiscal encargado de la ejecución del operativo debe considerar, para casos de flagrancia delictiva, la imposición del proceso inmediato, conforme a la Directiva Nº 005-2015-MP-FN. Para proceder con esta disposición, la autoridad fiscal debe tomar en cuenta los supuestos de detención en flagrancia, la confesión del delito imputado y los elementos de convicción recopilados tras las indagaciones.

Fiscalía ya cuenta con protocolo para la indagación de casos de minería ilegal