jueves. 28.03.2024
Foto: Ministerio Público
Foto: Ministerio Público

A requerimiento de la Primera Fiscalía Penal Corporativa de Tambopata, se revocó la pena suspendida, impuesta a un padre de familia, que se encontraba renuente al pago de una obligación alimentaria a favor de su menor hijo.

Se trata de Luis Alfredo Pérez Santillán, quien debía pagar en cuotas fraccionadas mensualmente, la suma de 3 mil 200 soles, por pensiones alimenticias adeudadas, además debía cumplir estrictas reglas de conducta establecidas en su sentencia del 12 de enero del 2016.

Durante el juicio oral, el fiscal demostró la actitud evasiva del acusado para reparar el daño ocasionado, al no cancelar las pensiones devengadas de alimentos y el pagó la reparación civil, así como el incumplimiento de su registro mensual en el juzgado.

Ante esta situación, el juez declaró fundada la solicitud del representante del Ministerio Público, ordenando la reclusión de Luis Alfredo Pérez Santillán en el penal de San Francisco de Asís de la ciudad de Puerto Maldonado, por el periodo de un año; como autor de la comisión del delito contra la familia, en su modalidad de omisión a la asistencia familiar, en su forma de incumplimiento de obligación alimentaria.

En vista que el denunciado no se presentó a la audiencia de revocatoria de su pena, el juzgado dispuso se giren los oficios a la Policía Nacional, para su pronta ubicación, captura e internamiento en el centro penitenciario del Estado.

Cárcel para padre por no pagar pensión alimentaria para su hijo