viernes. 22.11.2024
Foto: difusión
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El Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), recuerda a sus usuarios y usuarias que existen diversas  modalidades de cobro de sus subvenciones, que les permiten realizar sus transacciones sin poner en riesgo su salud e integridad física.

Una de estas modalidades es la autorización del cobro de la subvención a través de una tercera persona –no necesariamente un familiar–, la cual puede ser empleada por usuarios y usuarias que presenten problemas de salud o discapacidad.

Para acceder a esta nueva forma de pago, los usuarios podrán designar, mediante el llenado de una declaración jurada, a la persona responsable de realizar el cobro de la subvención, la misma que será autorizada mediante una resolución del Programa y comunicada al Banco de la Nación en un plazo de 10 días.

Cabe destacar que esta modalidad de pago no le genera ningún gasto al usuario. Una vez emitida la resolución de autorización en favor del tercero designado, este podrá efectuar el cobro en el momento en que lo desee. De esta manera se evitará que la persona adulta mayor usuaria acuda a agencias bancarias y se exponga al contagio del COVID - 19.

Posteriormente, Pensión 65 realiza visitas domiciliarias para verificar que los usuarios han recibido la entrega de la subvención de parte del tercero autorizado.

El Programa mantiene otras modalidades de pago que evitan la asistencia de los usuarios a las agencias bancarias. Estas son el pago a domicilio y el cobro con carta poder. Además, próximamente entrará en vigencia el cobro a través de tarjeta de débito, modalidad que se encuentra en proceso de implementación y que permitirá la inclusión financiera de las personas adultas mayores usuarias de Pensión 65.

Asimismo, los llamados “carritos pagadores” de Empresas Transportadoras de Valores (ETV) llevan la subvención a las zonas rurales que no cuentan con locales del Banco de la Nación.

De esta manera, Pensión 65 promueve la protección de sus usuarias y usuarios, y el ejercicio de sus derechos ciudadanos, permitiéndoles acceder a los servicios que ofrece el Estado de manera oportuna y segura.

Usuarios de Pensión 65 pueden recibir subvenciones a través de terceras personas