miércoles. 18.12.2024
Fuente: DREMH Madre de Dios
Fuente: DREMH Madre de Dios

El Ministerio de Energía y Minas estableció nuevos plazos para el cumplimiento de requisitos y condiciones de permanencia a todos los mineros que se encuentran en proceso de formalización inscritos en el Registro Integral de Formalización (REINFO).

Después de su inscripción en el REINFO, el segundo paso que debe cumplir un operador minero en proceso de formalización es la presentación de su Instrumento de Gestión Ambiental y Fiscalización para la Formalización de Pequeña Mineria y Mineria Artesanal (IGAFOM) en sus dos aspectos, Correctivo y Preventivo; en ese sentido, los nuevos plazos para su presentación son el 30 de abril para el aspecto correctivo y el 31 de julio para el preventivo.

A su vez el documento indica que; para las actividades mineras desarrolladas en zonas de amortiguamiento de Áreas Naturales Protegidas, los aspectos correctivo y preventivo del IGAFOM serán presentados en una misma oportunidad, hasta el 30 de abril de 2021.
 
Consultado al respecto, el Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios, Yakir Rozas Manya, refirió que las ampliaciones de plazo deben ir acompañadas con modificaciones en el marco normativo que por ahora limitan el buen desarrollo de un proceso de formalización sobretodo en Madre de Dios; como la solución de áreas extinguidas y asignación de mayores recursos económicos.
 
Hasta el momento solo hay trescientos mineros formalizados en toda la región por lo que Yakir Rozas exhortó a las personas que ejercen minería a acogerse al proceso de formalización establecido por ley.
 
Asimismo, sostuvo que la realidad de Madre de Dios difiere a la de otros departamentos por la cantidad de áreas superpuestas y su ubicación geográfica, por ello, considera que el Estado Peruano debe ajustar el marco normativo tomando en cuenta éstas características.
 
Del mismo modo y no menos importante, el plazo para la inscripción en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados fue prorrogado hasta el 30 de abril del 2021 en caso de los mineros inscritos en el REINFO para realizar actividad de beneficio y cuando corresponda, y la declaración de la producción minera de forma semestral respecto de cada una de las actividades mineras inscritas en el REINFO, a través de la extranet del Ministerio de Energía y Minas, en un plazo máximo de treinta días calendario posterior al vencimiento del primer semestre del año 2021.
 

Formalización minera: Minem amplia plazo para la presentación de IGAFOM