Conforman grupo de trabajo para proteger derechos de Mascho Piro
El Ministerio de Cultura creó un grupo de trabajo multisectorial, de naturaleza temporal, para la protección de derechos de los indígenas Mashco Piro del río Alto Madre de Dios, con el fin de promover la implementación de acciones, articuladas y coordinadas entre las distintas instituciones que coadyuven a la protección de los derechos de este grupo étnico amazónico.
Mediante una Resolución Ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano, se establece que las funciones de este grupo de trabajo son promover la coordinación articulada entre el sector Cultura y las entidades del gobierno nacional y regional vinculadas al Régimen Especial Transectorial para la protección de los derechos de los indígenas Mashco Piro en el Alto Madre de Dios, así como los otros actores que forman parte de este grupo de trabajo.
Asimismo, establecer un Plan de Trabajo conjunto, en el marco de las competencias y funciones de cada institución para los fines descritos; sostener reuniones informativas y de consulta entre las diferentes instituciones involucradas, así como sistematizar los materiales, aportes, documentos y propuestas que se procesen.
Del mismo modo, remitir informes semestrales dirigidos al viceministerio de Interculturalidad, sobre los resultados alcanzados por el Grupo de Trabajo; y otras funciones orientadas al cumplimiento de su objetivo.
El grupo de trabajo estará presidido por un(a) representante de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Viceministerio de Interculturalidad, e integrado por un(a) representante de la Dirección de Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial; un(a) representante del Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Pueblos Indígenas.
También está conformado por un(a) representante del Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado (Sernanp); un(a) representante del Gobierno Regional de Madre de Dios, a través de la Dirección Regional de Salud de Madre de Dios; un(a) representante de la Federación Nativa del Río Madre De Dios y Afluentes (Fenamad).
El grupo de trabajo cuenta con una Secretaria Técnica encargada de brindarle el apoyo técnico permanente, teniendo a su cargo las coordinaciones correspondientes a fin de coadyuvar al cumplimiento de los objetivos y funciones del Grupo de Trabajo; asimismo, tendrá a su cargo la custodia de las actas de sesiones realizadas. La Secretaria Técnica estará a cargo de la Dirección de Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial.
La norma indica que los integrantes del grupo de trabajo ejercerán el cargo ad honorem y deberán acreditar a sus representantes, titular y alterno, mediante comunicación escrita dirigida a la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, en un plazo de cinco días calendario de publicada la presente Resolución Ministerial.
El Grupo de Trabajo se instalará en un plazo no mayor a siete días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial, y tendrá una vigencia de doce meses, contados desde su instalación para presentar un informe final conteniendo las acciones emprendidas, su nivel de cumplimiento y los resultados obtenidos por las instituciones involucradas en el presente Grupo de Trabajo para la protección de derechos de los indígenas Mashco Piro del Alto Madre de Dios.
Los miembros podrán acordar en sesión, invitar a colaborar a otras instituciones del sector público y privado, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, organizaciones indígenas, sociedad civil y especialistas nacionales o internacionales, que coadyuven con los objetivos del citado Grupo de Trabajo, quienes participarán en calidad de invitados(as). El grupo de trabajo en su primera sesión aprobará un Plan de Trabajo conjunto.