Solo el 7% de procesados por trata reciben condena
La Defensoría del Pueblo presentó el informe “Trata de personas con fines de explotación sexual en agravio de mujeres adultas. Estudio de casos en las regiones de Lima, Madre de Dios, Piura, Pasco, Lambayeque, Huánuco y Cusco”.
Esta investigación analiza carpetas fiscales y expedientes judiciales de las regiones señaladas, en las cuales identifican las dificultades en la aplicación del tipo penal de trata de mujeres adultas y evalúa la calidad de los servicios que brinda la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público y el Poder Judicial.
El informe se basó en el estudio cualitativo y cuantitativo de 8 expedientes judiciales y 8 carpetas fiscales de entre los años 2009 y 2015. En total fueron 12 las víctimas por trata de personas investigadas.
Según una de las primeras conclusiones de la Defensoría, a nivel del Poder Judicial solo el 7% de procesados fue sentenciado por trata de personas, imponiéndosele una pena de 28 años y una reparación civil de S/ 4 000 mil. En una segunda instancia judicial, el 14% fueron sentenciados por trata de personas agravada y se le impuso una pena entre 12 y 15 años y una reparación civil de S/ 60 000.
Una de las observaciones que la Defensoría hace al respecto es que los operadores jurídicos suelen calificar los hechos como delitos conexos y menos gravosos (favorecimiento a la prostitución, proxenetismo y rufianismo). Según el Código Penal, la trata de personas es sancionada con penas de entre 8 y 15 años de cárcel. En su modalidad agravada, la trata de personas recibe una sanción de entre 12 y 20 años de cárcel.
En relación a la calidad de servicios brindados por las entidades a cargo de la atención a las víctimas de trata, se verificó que el 67% de las víctimas no tuvieron asistencia legal alguna. Asimismo, el Ministerio Público no ofreció las medidas de protección necesarias para las víctimas a pesar de su situación de riesgo (sólo en el 25% de los casos se dictó alguna protección); y en la mayoría de ellos, la PNP, el Ministerio Público y el Poder Judicial no reservaron la identidad de las víctimas. Finalmente, no existen casas de acogida especializadas en las que se puedan brindar servicios de alojamiento y atención psicológica a las afectadas para su reintegración en la sociedad.