25 de agosto de 2020, 6:56
El pleno del Congreso aprobó el dictamen que permite el retiro de fondos del Sistema Nacional de Pensiones, administrado por la Oficina Nacional Previsional (ONP) ¿En qué consiste lo establecido por el Parlamento?
1. Establece, de manera excepcional y por única vez, la devolución de los aportes, hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir 4,300 soles, a los aportantes activos e inactivos del Sistema Nacional de Pensiones.
2. Dicha devolución mantiene la condición de intangibles, por lo que no puede ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa sin distingo en la cuenta en la que haya sido depositado.
3. Además, no se aplicará a las retenciones judiciales o convenciones derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30 % de lo retirado.
4. Mediante una disposición complementaria final, se precisa que las personas que han aportado al Sistema Nacional de Pensiones y que a los 65 años de edad o más no han logrado cumplir los requisitos para obtener una pensión, tienen derecho a la devolución de la totalidad de los aportes efectuados.
5. De igual forma, por única vez, la ONP otorgará a los pensionistas del Decreto Legislativo 19990 una retribución extraordinaria equivalente a una remuneración mínima vital (930 soles).
6. La devolución de aportes será de hasta el 50 % de una UIT en el plazo máximo de 30 días calendario posteriores a la conformidad de la solicitud que otorga la ONP. El saldo restante será en el plazo máximo de 90 días calendario posterior al primer desembolso.
El pleno del Congreso aprobó el dictamen con 106 votos a favor, tres en contra y 15 abstenciones, y lo exoneró de someterlo a segunda votación.
El texto fue resultado de las coordinaciones realizadas entre las comisiones de Economía, Defensa del Consumidor, Presupuesto y Trabajo, las cuales habían discutido y aprobado iniciativas legislativas en torno al tema.
La ONP precisó que la iniciativa aprobada por el Parlamento aún no es una ley vigente.
Fuente: Andina.