SIS cubrirá gastos de sepelio de afiliados e indigentes que fallezcan por coronavirus

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Medida excepcional se aplica para los afiliados a sus cinco planes de seguros.

El Ministerio de Salud, a través del Seguro

Integral de Salud (SIS), se encargará de los gastos de sepelio de sus

asegurados en caso de fallecimiento asociado al COVID-19. Esta medida

excepcional se aplica para los afiliados a sus cinco planes de seguro: SIS

Gratuito, SIS Para Todos, SIS Independiente, SIS Emprendedor (NRUS) y SIS

Microempresas (SIS MYPE).

De acuerdo con lo establecido en la Directiva

Sanitaria N° 087-2020-DIGESA/MINSA y su modificatoria sobre el manejo de

cadáveres por COVID 19, la cobertura incluye el ataúd, traslado del fallecido

del establecimiento de salud al crematorio -el cual debe tener autorización

sanitaria- y la cremación. En los casos donde no exista crematorio se cubrirán

los gastos del féretro, traslado al cementerio y la sepultura.

Debido a la situación extraordinaria que

atraviesa el país, los gastos inmediatos serán efectuados por el

establecimiento de salud y serán reembolsados por el SIS a través de

transferencias por concepto de No Tarifado.

Todos los trámites para el desembolso de

los gastos de sepelio de los afiliados fallecidos por infección de coronavirus

– COVID 19 son realizados por el establecimiento de salud y el SIS.

El SIS también cubrirá los gastos de

sepelio de los afiliados en situación de calle que fallezcan como consecuencia

del COVID-19. De acuerdo a norma, las personas en situación de calle

acreditados por el Ministerio de Mujer y Poblaciones Vulnerables tienen acceso

directo al SIS Gratuito.

Esta medida extraordinaria fue oficializada a

través de la Resolución Jefatural N° 028-2020/SIS, que la incluyó como

disposición complementaria transitoria a la directiva administrativa que regula

el procedimiento de trámite y reconocimiento de reembolso del pago de sepelio a

los asegurados SIS.